Efectos de la decisión sobre obispos/as homosexuales podrían extenderse

El fallo reciente del Concilio Judicial contra la consagración de una obispa lesbiana, probablemente tenga consecuencias para el pueblo metodista unido mucho más allá de la propia obispa. El tribunal superior de La Iglesia Metodista Unida (IMU) dictaminó el 28 de abril, que la consagración de un/a "obispo/a públicamente homosexual practicante" viola la ley de la iglesia.

Una parte clave de la Decisión 1341 es que una "licencia de matrimonio del mismo sexo, expedida por las autoridades civiles competentes, junto con la condición clerical de la persona en una relación de mismo sexo, es una declaración pública de que la persona es homosexual practicante y declarada". La decisión continúa diciendo que un/a miembro del clero puede presentar evidencia para refutar esta presunción de actividad sexual en un matrimonio del mismo sexo. Pero la posible refutación sólo puede ocurrir en el contexto de un proceso administrativo o judicial formal de revisión.

Esto marca la primera vez que la máxima instancia judicial de la denominación, hace una ponderación sobre las licencias de matrimonio igualitario, desde que la Corte Suprema de los Estados Unidos estableció, en 2015, que el matrimonio civil entre personas del mismo sexo era un derecho constitucional.

La decisión mayoritaria tomada por el concilio, no nombra a la Obispa Karen Oliveto, única líder episcopal abiertamente homosexual de la denominación. Fue su elección y consagración en la Jurisdicción Occidental, lo que motivó una petición para que el Concilio Judicial interviniera y sentenciara sobre la legalidad o no del proceso. Por ahora, la Obispa Oliveto, que está casada con una diaconisa, sigue siendo la líder episcopal del área de Sky Mountain, mientras se lleva a cabo una revisión administrativa de su situación.

Mientras tanto, otros/as candidatos/as al clero también podrían sentir el impacto de la decisión del Concilio Judicial. Cabe recordar que hace un año, más de 100 clérigos/as y candidatos/as al ministerio ordenado hicieron una declaración conjunta de su homosexualidad en la víspera de la Conferencia General 2016, la asamblea legislativa más importante de la denominación, donde las diferentes posturas en torno a la homosexualidad son un tema recurrente de debate. Hasta este momento, alrededor de 180 clérigos/as se han identificado abiertamente como personas LGBTQ (Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgéneros, Diferentes).

El mismo día que el concilio se pronunció sobre la consagración de obispos/as homosexuales, también emitió dos dictámenes en los que se pedía a las juntas de ministerio ordenado de las conferencias anules de La IMU, que examinaran todas las calificaciones de los/as candidatos/as ministeriales, incluyendo la práctica de la fidelidad en el matrimonio y el celibato en la soltería, entendiendo el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer.

Lonnie Brooks, ex líder laico de Alaska que escribió un artículo en apoyo a la Jurisdicción Oeste, calificó la decisión sobre la licencia de matrimonio de "arrase", ya que elimina todas las opciones que las personas LGBTQ, tenían para mantener privacidad sobre sus relaciones y actividades", escribió Brooks en un análisis de la sentencia. “Si existe un registro legal del matrimonio – añadió - cualquier miembro homosexual del clero ahora sería vulnerable a ‘enjuiciamiento, destitución y negación de beneficios salariales".

Por su parte, la Obispa Oliveto dijo al Servicio Metodista Unido de Noticias que el fallo "no sólo tiene un impacto en el clero y los/as candidatos/as homosexuales al ministerio, sino que redefine el matrimonio para toda la iglesia. Esto envía un mensaje de que el matrimonio ya no se trata de ‘amor, apoyo mutuo, compromiso personal y fidelidad compartida’, sino que se reduce a los actos sexuales. La gente – homo y hetero sexual - se casa por muchas razones. Reducir la definición de esta manera hace un mal servicio a la forma en que el milagro y el misterio del amor -que es nacido de Dios- atrae a dos personas para construir una vida juntos/as".

El Libro de Disciplina, norma legislativa de la denominación en su sección sobre a iglesia y las enseñanzas, ha declarado desde 1972, que todos los individuos son de valor sagrado, pero la práctica de la homosexualidad "es incompatible con la enseñanza cristiana". Sin embargo, no fue hasta 1984 que la denominación prohibió la candidatura al clero y a cualquier ministerio ordenado de "homosexuales practicantes". La Obispa Oliveto, quien le dijo a la radio pública nacional que se había declarado homosexual mientras era seminarista, se convirtió en miembro en situación probatoria en 1982.

La combinación de las palabras "auto-declarad/a y practicante" es la clave. La denominación nunca ha prohibido a la gente ser ordenada al clero, simplemente porque ser homosexual. Tampoco prohíbe el ser transgénero. La prohibición ha sido contra la actividad sexual del mismo género. A lo largo de los años, la denominación ha luchado varias veces, para definir cuál sería el límite de la "práctica autorizada".

En una nota de pie de página, el Libro de Disciplina define "practica auto-declarada", cuando una persona reconoce abiertamente ante los/as líderes metodistas unidos/as, como un/a obispo/a o el consejo de ministerio ordenado, que él o ella es un/a "homosexual practicante". La nota de pie de página hace referencia a opiniones anteriores del Concilio Judicial sobre el asunto.

El Rev. William B. Lawrence, ex presidente del Concilio Judicial, dijo que, bajo ese estándar, simplemente tener una conversación con un/a miembro laico/a de una iglesia local no era suficiente. Lawrence espera que, a partir de ahora, algunas autoridades de la iglesia pueden atender cualquier sospecha de que alguien que sea homosexual, tenga una licencia de matrimonio. Sin embargo, sugirió que "convendría a todos/as los/as  metodistas unido/as, relajarnos un poco y tratar de encontrar una manera de no tener un diálogo en términos de ‘nosotros/as contra ellos/as”, en torno a los temas controversiales en la vida de la iglesia".

Lawrence, profesor de historia de la iglesia estadounidense y decano jubilado de la Escuela de Teología Perkins de la Universidad Metodista del Sur, desea que la iglesia se concentre en sus declaraciones básicas de misión, incluyendo el compromiso con la santidad personal y social.

El Rev. Robert Zollaver, pastor de la Conferencia Anual del Oeste de Pensilvania, que ha discutido casos para el Concilio Judicial y ha escrito un artículo sobre el tema del episcopado homosexual, ofreció una perspectiva diferente. "Si no usamos nuestros recursos para mantener nuestro pacto de conexión, pronto no tendremos ni pacto de conexión, ni recursos. La anulación de este pacto, por parte de nuestro liderato, en estas materias no sólo corrobora nuestra condición de iglesia en esta área, sino también en otras áreas de nuestra vida común", dijo.

La Revda. Lea Matthews, diácona provisional en la Conferencia Anual de Nueva York, fue una de las candidatas al clero que se declaró públicamente homosexual el año pasado. También es miembro del Caucus del Clero Diferente (Queer Clergy Caucus). Su mensaje es que el clero LGBTQ no se va a ninguna parte. "Nosotros, el Caucus del Clero Diferente, estamos firmes en nuestro compromiso mutuo, con la tradición wesleyana y con el evangelio de Cristo. Junto con nuestras familias y amigos/as, seguiremos resistiendo. La expresión y promoción de la inconformidad con las leyes injusta, es el único camino que tenemos por delante". A medida que el debate el asunto de la homosexualidad, se agrava la situación. La Comisión del “El Camino a Seguir”, continúa su trabajo para tratar de encontrar una alternativa que una a la denominación, que se encuentra actualmente, profundamente dividida en torno a la homosexualidad. Los/as obispos/as metodistas unidos/as han convocado una Conferencia General especial entre el 23 y el 26 de febrero de 2019, para considerar un informe basado en las recomendaciones de la comisión.

Los/as concejeros/as, que sirven como abogados para las conferencias anuales de la denominación, emitieron una declaración a raíz de la decisión del Concilio Judicial, en la que exhortan a "todas las personas, congregaciones, distritos, conferencias y organizaciones de La IMU a abstenerse de cualquier acción que perjudique la capacidad de la Comisión ‘El Camino a Seguir’ y la sesión especial de la Conferencia General en febrero de 2019, para preservar la unidad de nuestra denominación”.

El Rev. Thomas E. Frank, historiador del metodismo y autor del libro de texto frecuentemente usado “Política, práctica, y la misión de La Iglesia Metodista Unida”, discrepó con la decisión 1341 del concilio judicial, pero mantiene esperanzas en el trabajo de la Comisión “El Camino a Seguir”. "Sigo convencido de que para la gran mayoría de los/as metodistas unidos/as, las diferencias de opinión sobre la sexualidad humana no se elevan al nivel de los elementos esenciales de la iglesia y no son un asunto constitucional que requiera dividir legalmente a la iglesia. No hay nada en nuestra constitución sobre sexo y sexualidad. Espero que la comisión diseñe un camino para que nuestra iglesia permanezca unida", acotó el Rev. Frank.

Hahn es reportera de noticias multimedia para el Servicio Metodista Unido de Noticias. Comuníquese con ella al (615) 742-5470 o [email protected].

 

CÓMO FUNCIONA EL PROCESO DE RECLAMACIÓN

La decisión del Concilio Judicial 1341 también declaró que un/a obispo permanece en "buena relación” mientras se somete la denuncia. El Colegio de Obispos/as de la Jurisdicción Oeste, anunció que llevaría a cabo ese proceso como se describe en el Libro de Disciplina.

Las denuncias contra los/as obispos/as generalmente son manejadas por el Colegio de Obispos/as en la jurisdicción o conferencia central donde son elegidos/a. Pero en 2016, la Conferencia General aprobó dos medidas que potencialmente podrían cambiar el proceso.

La primera es una enmienda constitucional, que ahora está siendo votada en conferencias anuales, que permite que el Consejo de Obispos/as haga responsable a los miembros del episcopado. Para ser ratificada, la enmienda debe ganar con una mayoría de dos tercios de los/as votantes de las conferencias anuales en todo el mundo.

La enmienda se refiere a una decisión del Concilio Judicial de 1980 que anuló por inconstitucional, una medida que exigía al Colegio de Obispos/que responsabilizara a los/as miembros.

La segunda es la legislación que altera el proceso de quejas contra los obispos. El párrafo revisado 413.3 en el Libro de Disciplina, establece ahora un plazo definitivo de 180 días para tratar de resolver una denuncia en el proceso de supervisión de la denominación dentro del Colegio de Obispos/as. Si eso no sucede, el asunto se mueve al Consejo de Obispos, que luego selecciona un panel para resolver el asunto.

Si el/la obispo/a denunciado/a es de los Estados Unidos, el panel tendrá cinco obispos/as – uno/a de cada jurisdicción. Si el/la obispo/a es de África, Asia o Europa, el panel tendría tres obispos/as - uno de cada continente. El Libro de Disciplina también permite que el Concilio de Obispos/as, en cualquiera de las fases durante el procesamiento e investigación de una denuncia e incluso después de una resolución justa,  pueda desestimar una denuncia de otro Colegio de Obispos/as con una votación de dos tercios. No está claro si este proceso revisado, podría resistir el escrutinio del Concilio Judicial sin la enmienda constitucional.

* Hahn es una reportera de noticias multimedia para el Servicio Metodista Unido de Noticias. Puede ponerse en contacto con ella al (615) 742-5470 o [email protected]

** El Rev. Gustavo Vasquez es el Director de Comunicaciones Hispano/Latinas de la IMU. Puede contactarle al (615)742-5111 o por el [email protected].

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